El nuevo reglamento que establece las normas para la comercialización y publicidad de bebidas alcohólicas traerá consigo la incorporación de sellos de advertencia sobre los efectos y riesgos del consumo de estos productos.
Fue el pasado viernes que el Diario Oficial publicó el reglamento de la nueva ley que regirá las características y condiciones a las que deberán someterse «las bebidas alcohólicas destinadas a comercializarse en Chile, en lo que se refiere a las advertencia sobre las consecuencias de su consumo nocivo y grupos de riesgo en los cuales el consumo de alcoholes es perjudicial y la información sobre su valor energético que debe incluirse en su rotulación».
Además, define las condiciones en que deberá efectuarse la publicidad de dichos productos. Tras su publicación en el Diario Oficial, se establece el plazo de un año para que entre en vigencia esta norma, según señaló el documento.
De esta forma, la incorporación de los sellos comenzará a regir a mediados de 2024. El texto indica que toda bebida que tenga una graduación alcohólica igual o superior a 0,5° y que esté destinada a su comercialización, deberá llevar en el envase que la contenga la advertencia clara, visible y legible sobre los perjuicios de su consumo.