Este viernes 11 de agosto entrará en vigencia la actualización de la Ley de Insolvencia, que dispondrá de nuevos procedimientos simplificados para que más personas y empresas de menor tamaño, con problemas de sobreendeudamiento o de solvencia, tengan mayores posibilidades de lograr acuerdos de pago con sus acreedores.
Las autoridades detallaron que la nueva normativa tiene un enfoque ciudadano, ya que busca disminuir la pérdida social y económica de la sociedad bajo cuatro pilares: la creación de procedimientos simplificados de rápida tramitación y bajos costos de administración para personas, micro y pequeñas empresas; el incentivo al reingreso del deudor al sistema crediticio; la incrementación de tasas de recuperación de créditos; la promoción de reestructuraciones de pasivos y la agilización y facilitación de procedimientos.
El seremi de Economía, Luis Cárdenas, señaló que “esta ley constituye un gran avance para la reorganización financiera de las micro pequeñas y medianas empresas de nuestro país, las que con regularidad sufren las adversidades y desprotección cuando deben hacer frente a situaciones complejas de solvencia financiera”.
Asímismo, Cárdenas señaló que “igualmente se verán favorecidas las personas naturales dado que ahora podrán renegociar aplicando un procedimiento simplificado y gratuito que será tramitado íntegramente por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento”.
Otro de los pilares fundamentales de esta ley, señaló Fuentes “es que se incrementa la tasa de recuperación de los créditos promoviendo las reorganizaciones siempre cuando la empresa sea viable, pero cuando la empresa deja de ser viable el objetivo es disminuir la perdida de sociedad y económica de sociedad a través de una reasignación eficiente de los recursos mediante el procedimiento concursal de liquidación”.
Además, la reformada normativa introduce mejoras para reducir trámites redundantes (como las audiencias separadas de derecho a voto y la constitutiva de la liquidación) y facilita el uso de la tecnología (por ejemplo, autorizando la realización de juntas de acreedores en forma remota), con la finalidad de hacer más expedito el desarrollo de los procedimientos.