Haciendo un llamado a comprar carne en locales establecidos, las autoridades del agro Tania Salas, Seremi de Agricultura, y Cristian Andrade, director regional (s) del Servicio Agrícola y Ganadero, acompañados por el investigador y doctor en calidad de carnes rojas de INIA Remehue, Rodrigo Morales, realizaron un recorrido por las carnicerías del sector Lynch instancia donde revisaron el cumplimiento de las disposiciones que establece la Ley de la Carne e hicieron un llamado a la población a disfrutar de las fiestas patrias prefiriendo productos cárnicos (bovinos) de origen conocido.
La fiscalización se enfocó en verificar aspectos como: la condición general sanitaria del producto; la correspondencia de los cortes; el anuncio de las categorías de carne de vacuno; el origen o procedencia de la carne que está a la venta en el local; la cadena de frío; condición de olor y color del producto; transparencia de la información disponible a público- consumidor (en etiquetado y en vitrinas de venta).
La Seremi de Agricultura señaló que “durante el mes de septiembre aumenta de forma significativa el consumo carne por eso hemos acompañado al SAG en su plan de fiscalización”.
Por su parte, el director regional (s) del SAG sostuvo que entre enero y septiembre la institución ha efectuado más de 450 fiscalizaciones a la Ley de la Carne entre inspecciones a carnicerías, supermercados, transporte de ganado, y establecimientos faenadores. De esta cifra, más de 130 fiscalizaciones corresponden a la provincia de Osorno.
La autoridad regional del SAG agregó que, los locales de expendio de carne bovina que sean sorprendidos infringiendo la ley pueden ser sancionados, en tanto el producto eventualmente pudiera quedar retenido a la espera de lo que se resuelva jurídicamente en base a normativas vigentes.
De acuerdo a la Ley de Carnes N°19.162 quien infrinja las normas sobre salud animal en los mataderos, trazabilidad del ganado y carne o clasificación de ganado, tipificación de sus canales y nomenclatura de corte; y el que, en el proceso de comercialización, cambie, adultere o elimine una tipificación o nomenclatura ya efectuada, será sancionado con multas de 1 a 500 Unidades Tributarias Mensuales y con el comiso de los productos, sin perjuicio de la clausura temporal o definitiva del local, en caso de reincidencia.