¡Avanzamos hacia una mejor educación! Es la convicción del diputado por el distrito 25, Daniel LIlayú, quien agregó que «hoy dimos un paso clave: aprobamos el proyecto que soy autor, para sacar los celulares de la sala de clases», aseguró.
El reelecto paralmentario sostuvo que «queremos que nuestros hijos aprendan más, se concentren mejor y recuperen la convivencia escolar. Esta medida va directamente en esa dirección», aseveró.
En esa línea, la aturoidad indicó que «seguiremos trabajando por una educación que ponga a los estudiantes primero», señaló.
En este contexto, con un respaldo amplio y sin votos en contra, el Congreso Nacional despachó a ley el proyecto que restringe el uso de «dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal» —término técnico que reemplaza a la telefonía móvil para abarcar cualquier equipo con acceso a internet— al interior de las salas de clases durante actividades curriculares.
La normativa establece una prohibición general para los niveles de educación básica y media, dejando explícitamente fuera de esta restricción a la educación parvularia. Según el texto aprobado, la medida se aplicará a todos los integrantes de la comunidad educativa dentro del aula.
Sin embargo, se establecen ciertas excepciones, para autorizar su uso en determinadas situaciones: Si el estudiante presenta necesidades educativas especiales, donde el uso de estos dispositivos móviles se considera como una ayuda técnica al servicio de sus aprendizajes. El hecho deberá acreditarse a través de un certificado de un profesional competente; en situación de emergencia, desastre o catástrofe; si el alumno presenta una enfermedad o condición de salud, diagnosticada por un médico, que requiera monitoreo periódico a través de dispositivos móviles. Requerirá ser acreditado por un certificado médico; Cuando la utilización de estos dispositivos móviles sea útil para la enseñanza en función de la actividad curricular o extracurricular en educación básica o media: y si el padre, madre o apoderado lo solicita fundadamente y de forma temporal, solo por razones de seguridad personal o familiar del estudiante.
Las excepciones relacionadas a actividades curriculares y la última mencionada, deberán ser autorizadas por el director del establecimiento.
Reglamentos internos
El texto define que corresponderá a la Superintendencia de Educación, a través de sus instructivos, materializar la prohibición. Para esto considerará mecanismos, condiciones y consecuencias aplicables al uso de dispositivos móviles.
La prohibición se aplicará durante actividades curriculares dentro de la sala de clases y se extenderá a todos los integrantes de la comunidad educativa.
En el caso del nivel de educación media, los reglamentos podrán disponer espacios, horarios y actividades específicas en que la utilización de dispositivos móviles esté autorizada, atendiendo a la autonomía progresiva de los alumnos. A su vez, se dispondrán procedimientos, acciones y medidas para regular su uso adecuado y las consecuencias de su incumplimiento.
Se busca, además, que los establecimientos de educación parvularia, básica o media informen a toda la comunidad educativa, sobre el empleo responsable de los dispositivos móviles y sus riesgos. A su vez, que promuevan instancias formativas que prevengan su uso indebido o la comisión de delitos con tales medios.
La medida de prohibición se aplicará desde el inicio del año escolar 2026. De este modo, se fija como plazo hasta el 30 de junio para actualizar los reglamentos internos.
Finalmente, se establece que, en 2030, el Ministerio de Educación entregará una evaluación de la medida.









