El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, dictó acusación en contra del carabinero en retiro René Isidro Villarroel Sobarzo, por su responsabilidad en los delitos consumados de apremios ilegítimos y detención ilegal.
En la resolución (causa rol 10.914.P), el ministro en visita sindica al teniente de Carabineros, a la época de los hechos, como autor de los delitos de apremios ilegítimos y detención ilegal de José Contreras Ojeda. Ilícitos perpetrados en septiembre de 1973, en la comuna de Fresia.
En la acusación, el ministro instructor da por suficientemente acreditados los siguientes hechos:
Que una vez ocurrido el Golpe Militar en Chile, el 11 de septiembre de 1973, la Tenencia de Fresia quedó al mando del Teniente René Isidro Villarroel Sobarzo, seguido del Sargento Primero Carlos Villablanca, y los cabos José Andrade Segovia, Herne Barría Ampuero y Juan Saldivia Teneb, los Carabineros Héctor Castillo Paredes, Luis Lopetegui Santana, Gregorio Maldonado Yunge y Juan Pérez Santibáñez, según se acreditó en la dotación rolante a fs.362 y hojas de vida rolantes desde fs. 393 a fs.455 (tomo II), quienes tenían a su cargo la seguridad interior de la localidad, además de dar cumplimiento a las diversas órdenes judiciales, citaciones y otros requerimientos. En dichos de los Carabineros Gregorio Maldonado de fs.495 y siguientes. y Juan Pérez de fs.499 y siguientes (tomo II), desde septiembre de 1973, el Teniente Villarroel, a quien apodaban ‘Juan Metralla’ conformó un grupo de funcionarios dedicados exclusivamente a investigar personas por motivos políticos, tal grupo estaba integrado por algunos funcionarios agregados provenientes de la Primera Comisaría de Puerto Varas, y se sumaban a ellos entre 10 a 12 conscriptos provenientes del Ejército, este grupo ‘especial’ se dedicaba a la detención de personas por infracción al toque de queda y por motivos políticos, los cuales luego de detenidos eran ingresados a los calabozos de la Tenencia de Fresia, para luego ser interrogados en la oficina de ‘Juan Metralla’, y posteriormente eran trasladados a la ciudad de Puerto Montt o Puerto Varas.
En palabras del carabinero Juan Pérez, quien prestó servicios en la Tenencia de Fresia a la época en que ocurrieron los hechos; los interrogatorios eran efectuados a puertas cerradas, sin embargo se escuchaban los gritos y lamentos provenientes de su interior, lo que hacía presumir que las personas estaban siendo violentadas, añadiendo que los referidos interrogatorios siempre estuvieron dirigidos a cargo del Teniente de la Unidad Policial, quien además tomaba todas las decisiones, órdenes e instrucciones, que afectaban a los detenidos por motivos políticos, incluso decidiendo el destino de cada uno de ellos.









