Este martes fue aprobada y despachada a ley la modificación al sistema registral y notarial, tanto en aspectos orgánicos como funcionales, cuya finalidad es modernizar y fortalecer la transparencia, fiscalización y calidad de servicio en las notarías el país.
El ministro de Justicia, Jaime Gajardo, destacó el trabajo parlamentario para la aprobación de esta reforma, recordando que su tramitación demoró seis años para poder ver la luz.
Asimismo, entregó algunas líneas generales a destacar en lo aprobado: “A todos nosotros nos ha pasado que uno va a la notaría y las notarías tienen distintos horarios de atención, distintos precios, distintos tipos de prestación del servicio. Y una de las cosas que arregla este proyecto es que establece requisitos mínimos para la prestación del servicio de cada una de las notarías del país”.
A ello se suma el tipo de soporte digital que deben tener las notarías, de manera tal que se establezca un estándar mínimo para todas las del país.
“Por cierto, modifica y fortalece la fiscalización a notarías, archiveros y conservadores de todo el país. La fiscalización ya no la van a hacer los ministros de las Cortes de Apelaciones, que su principal labor es resolver los casos que se someten a su conocimiento, sino los fiscales judiciales de las cortes y también el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en todos aquellos aspectos que tienen que ver con la prestación del servicio”, afirmó Gajardo.
De momento, esta reforma está lista para su promulgación pero a la espera de cualquier reparo que pudiera hacerse en el Tribunal Constitucional.
Cambios al sistema notarial y registral
En específico, estos son los cambios que vendría a aplicar la reforma al sistema notarial y registral.
Nombramientos de notarios, conservadores y archiveros
Ahora se radica en el Servicio Civil las etapas de convocatoria, evaluación y elaboración de la propuesta de candidatos seleccionados, en lo que desde Justicia destacan como abrir el sistema “hacia el mérito”.
Luego, será el Presidente de la República quien seleccione a uno entre los postulantes que ocupen los tres primeros lugares del listado, la denominada terna, mediante una resolución fundada en el plazo de 20 días hábiles.
Nuevas inhabilidades para ser notario, conservador o archivero
La reforma introduce una prohibición para familiares de determinadas autoridades. Esto comprende a cónyuge, conviviente civil o quien se encuentre ligado por matrimonio, acuerdo de unión civil, parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, por afinidad hasta el segundo grado, o por adopción.
Fiscalización a notarios, conservadores y archiveros
Ahora la Fiscalía Judicial tendrá la misión de fiscalizar a notarios, conservadores y archiveros.
La reforma detalla además los mecanismos de fiscalización, regula el procedimiento disciplinario y exige transparencia de la labor de los fiscales judiciales a través de informes periódicos y sitios web.
Por otro lado, se reconoce al Sernac como ente con potestades para velar por el cumplimiento de lo expresado en esta reforma y las leyes vigentes en cuanto a la calidad del servicio que prestan las notarías y conservadores.
Fin del cargo vitalicio
La reforma también termina con la característica de vitalicia del cargo de notario, disponiendo que al cumplir 75 años los notarios, conservadores y archiveros deben dejar sus cargos.
Quienes estén en dichos cargos ya habiendo traspasado ese umbral de edad, tienen el plazo de un año desde la entrada en vigencia de esta reforma para dejar el cargo.