Como parte de la nueva Ley de Cumplimiento Tributario, una de las normas que ha llamado la atención tiene vínculo con la cantidad de transferencias bancarias que se realicen durante un determinado periodo de tiempo.
De hecho, lo mismo es parte de las herramientas del Servicio de Impuestos Internos (SII) para “combatir la informalidad, la evasión, la elusión y el crimen organizado”.
Así, son las instituciones financieras y bancarias las que deben informar a la entidad cuando personas registren más de 50 transferencias diferentes en un día, mes o semana. O bien, 100 de estas a lo largo de seis meses (un semestre).
Se trata de una información que deberá ser remitida de manera semestral, dentro de los meses de julio y enero, respecto del semestre inmediatamente anterior.
Considerando todo esto, el primer reporte semestral deberá realizarse en enero del próximo año, respecto del segundo semestre de 2024.
Según explicó el mismo SII, el foco de la norma no está orientado a aquellos que no realizan una actividad comercial, pero que sí registran un alto número de transferencias por otras actividades.
Por poner un par ejemplos, tesoreros de curso, personas que realicen rifas solidarias, personas que reciban cuotas de actividades sociales o familiares, e incluso quienes recauden fondos para el pago de servicios comunes, no tendrían problemas.
“No buscamos fiscalizar las relaciones que pueda haber entre las personas, donde existan transferencias electrónicas. Antes de programar una fiscalización, vamos a considerar diferentes elementos en nuestros análisis”, fue lo que explicó hace unos cuantos días la subdirectora de fiscalización del SII Carolina Saravia.
En simple, con los datos que reciba el Servicio, se podrá realizar análisis y detectar a los que están realizando actividades comerciales por las que deberían estar pagando impuestos obligatoriamente.
De ahí en más se realizarían las fiscalizaciones que correspondan en caso de indicios claros de incumplimientos o actividad informal.