La Seremi de Salud de la Región de Los Lagos ha oficializado, mediante el Oficio CP Nº1729 emitido el 21 de enero de 2026, las directrices que regirán el funcionamiento de las «Fiestas Costumbristas» durante este verano. El documento, dirigido a los alcaldes de las comunas regionales, enfatiza que la gastronomía es una atracción principal pero conlleva riesgos que deben mitigarse. En este sentido, la autoridad ha sido categórica al establecer que quedan excluidas de estas actividades la elaboración y venta de ceviches y sushi. Esta medida busca prevenir Enfermedades Transmitidas por los Alimentos (ETAs), prohibiendo además cualquier preparación en base a verduras, pescados y mariscos crudos, así como la elaboración de mayonesa casera, exigiendo el estricto cumplimiento de la normativa vigente.
Bajo esta premisa de seguridad, se han definido requisitos estructurales intransables para los puestos transitorios. La normativa establece que el área de preparación de alimentos debe ser de estructura sólida, con pisos y paredes lavables; por consiguiente, los toldos no serán aceptados para las zonas de cocina, quedando restringido su uso únicamente para cubrir áreas de consumo o venta de envasados. A lo anterior se suma la obligatoriedad de contar con abastecimiento de agua potable constante (red pública o estanque sellado de 100 litros mínimo) y la disposición de servicios higiénicos exclusivos para el personal manipulador, o en su defecto, baños químicos mantenidos rigurosamente bajo la responsabilidad del organizador.
Particular atención se ha puesto en la venta de Jugos Naturales, actividad que ahora cuenta con un protocolo específico de 12 puntos. Entre las exigencias destaca la prohibición absoluta de utilizar leche o helados como ingredientes, debiendo usarse exclusivamente agua potable. Asimismo, se exige que el puesto cuente con un mínimo de dos personas para asegurar que quien manipula los alimentos no tenga contacto con el dinero. Todo esto debe operar bajo una cadena de frío ininterrumpida para pulpas y frutas, además de la instalación de una barrera física que separe al público de la zona de licuado.
Finalmente, la autoridad sanitaria recalca que todos los carros participantes deben contar con Resolución Sanitaria de Alimentos y que los puestos que expendan cecinas, quesos o productos del mar deben abastecerse de empresas autorizadas. Los municipios tienen el deber de informar a la brevedad posible, vía oficina de partes, el calendario de eventos y el listado de locatarios para coordinar las fiscalizaciones pertinentes en las provincias de Osorno, Llanquihue, Chiloé y Palena.
Fuente: Paislobo.









