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TC rechazó requerimiento contra ley integral contra la violencia hacia las mujeres

Por Brisa Cardenas
abril 2 de 2024
en Actualidad
TC rechazó requerimiento contra ley integral contra la violencia hacia las mujeres
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El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el requerimiento de inconstitucionalidad respecto del proyecto de ley que establece medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género.

Por seis votos contra cuatro, los ministros del TC resolvieron rechazar el requerimiento deducido por un grupo de diputadas y diputados respecto de la expresión «no sexista» y de la conjunción «y» contenidas en el inciso segundo del artículo 12 de dicho proyecto de ley.

La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, reaccionó a través de sus redes sociales y señaló que esto abre «paso a la promulgación de la Ley Integral con acciones concretas para prevenir la violencia de género contra las mujeres desde la temprana edad».

LOS ARGUMENTOS DE LADO Y LADO EN EL TC

A inicios de marzo y luego de siete años de tramitación, el Congreso Nacional despachó la ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que institucionaliza medidas para responder a problemáticas del presente y delinear una «hoja de ruta» para el futuro.

Pese a esta aprobación, un grupo de más de 50 diputadas y diputados de la UDI, Renovación Nacional (RN), Republicanos, el Partido de la Gente (PDG) y el Partido Social Cristiano ingresaron un requerimiento ante el TC para poder impugnar esta ley.

Los parlamentarios cuestionaron el concepto de «educación no sexista y con igualdad de género» que está presente en la normativa, aludiendo a que vulnera el derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos.

El abogado Álvaro Ferrer, representante de las y los diputados de oposición, argumentó esta jornada en el TC y solicitó que «se declare que el precepto es conforme a la Constitución, en tanto y sólo en tanto resulte en su contenido y aplicación, respetuoso en los derechos fundamentales, específicamente derecho preferente de los padres, libertad de enseñanza, libertad de consciencia, libertad religiosa y que, asimismo, es respetuoso de la pluralidad de proyectos educativos».

Por otro lado, la abogada Verónica Undurraga, en representación del Gobierno, indicó que «declarar la constitucionalidad de la norma permite al Estado de Chile avanzar, haciendo realidad la igualdad entre hombres y mujeres que la Constitución proclama, garantizando a las niñas y niños un derecho a la educación y una vida libre de violencia. Lo prudente y lo correcto es postergar la decisión sobre constitucionalidad de esta norma; ver cómo se comportan las comunidades educativas, cómo opera la ley en la práctica, dar la oportunidad, en el caso que haya un conflicto, que sea el juez del fondo el que en un caso particular defina si se vulneraron o no derechos».

Más temprano, la vocera Camila Vallejo expresó tener la «tranquilidad y la seguridad de que el proyecto para resguardar a las mujeres de una vida libre de violencia es un proyecto total y absolutamente constitucional, es un proyecto que avanza en la dirección correcta, un proyecto que es largamente esperado por las mujeres de distintos sectores políticos, de distintos niveles socioeconómicos, porque justamente se hace cargo de cómo es el fenómeno de la violencia y cómo hay que erradicarlo».

«Ya resuelto el fallo, nosotros vamos a proceder a la publicación lo antes posible», puntualizó.

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