Este martes fueron publicados en el Diario Oficial los tres reglamentos que permitirán implementar la Ley N°21.543, la cual crea un Fondo de Garantías Especiales (Fogaes), con el fin de que el Estado sea un aval de 10% para el pie del crédito hipotecario en la compra de una primera vivienda.
La medida permitirá facilitar el acceso a créditos hipotecarios tanto a familias, como a empresas de la construcción que necesitan financiamiento para dar continuidad a sus proyectos habitacionales.
“Los bancos tienen que facilitar las condiciones para que tanto las familias como las empresas puedan acceder al crédito en mejores condiciones. Inicialmente, se pusieron muy a la defensiva por esta supuesta crisis internacional financiera que iba a haber, que no se produjo. Entonces, ahora que no está ocurriendo, bueno, que vayan gradualmente dando mayores oportunidades para acceder al crédito para comprar vivienda y a las empresas para poder operar”, dijo el ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes.
¿Cómo funcionará la la garantía estatal?
Para otorgar los beneficios, denominados Garantía Apoyo a la Vivienda y Garantía Apoyo a la Construcción, BancoEstado -administrador del Fogaes- deberá realizar las licitaciones respectivas para seleccionar las instituciones financieras que ofrecerán los apoyos estatales, procesos que se efectuarán en los próximos días.
El apoyo a las familias consiste en la entrega de una garantía estatal de hasta un máximo de 10% en el caso de que el financiamiento hipotecario sea de un 90% y siempre que se trate de una primera vivienda -nueva o usada- de hasta 4.500 UF. En caso de que aumente el pie requerido, se reduce la garantía que coloca el Estado.
“Hoy día para poder acceder a la vivienda le piden mucho más ahorro previo a la familia. Juntar el ahorro previo es muy difícil. Juntar un 10% adicional es muy difícil. Entonces lo que hace esta ley es que el Estado establece un aval, una garantía sobre ese 10% con lo cual no lo tienen que poner, porque no se lo pide el banco y no le suben la tasa de interés. Esto es una ayuda a las familias”, señaló el secretario de Estado.
Desde el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) estiman que la medida beneficiará a entre 16 mil y 24 mil familias.
¿Quiénes podrán otorgar el beneficio?
Entre las instituciones elegibles para otorgar el beneficio en vivienda figuran:
- Bancos, incluyendo sus filiales.
- Cooperativas de ahorro y crédito.
- Compañías de seguros.
- Administradoras de mutuos hipotecarios.
- Cajas de compensación.
El Minvu tendrá la misión de informar al administrador del Fogae si los solicitantes cumplen con los siguientes requisitos:
- No ser propietario de un inmueble con destino habitacional.
- No ser beneficiario de subsidio o beneficio estatal para el financiamiento de una vivienda.
- La entidad financiera deberá verificar que no tenga una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, y Fogaes que no haya sido beneficiado anteriormente con la garantía.
Cabe mencionar que estos requisitos son independientes de los solicitados por las instituciones financieras.









