Un debate legal y político, acompañado por cuestionamientos, es lo que ha generado la petición que realizó el Ministerio de Hacienda en octubre a la Superintendencia de Pensiones, al requerir los rut de los afiliados que retiraron el 10% de sus fondos de pensiones, junto con el detalle de los montos girados.
El Consejo Para la Transparencia (CPLT) anunció que oficiará a la cartera para verificar que la solicitud se haya ajustado a la norma legal, mientras que Contraloría informó que ha recibido un total de 530 denuncias relacionadas con la petición del ministerio encabezado por Ignacio Briones.
Desde la oposición, en tanto, afirman incluso que la solicitud sería inconstitucional, ya que pasaría a llevar la protección de datos personales, y hasta ha habido expresiones de una eventual acusación constitucional en contra del ministro. Mientras que Briones se ha defendido, afirmando que el requerimiento se ajusta a la normativa legal y enfatizando que los datos son para fines netamente estadísticos. De hecho, aseguró esta mañana a radio Cooperativa, que la Superintendencia de Pensiones ya hizo entrega de la información requerida a Hacienda.
«Quiero decir con mucha claridad que esto se apega estrictamente a la ley, yo he escuchado a mucha gente decir que esto no tiene ley, pero el artículo 30 de ley 20.403 del año 2009, faculta a la subsecretaria de hacienda, de Servicios Sociales, de Evaluación Social y de Previsión Social, a la Dipres, en el ejercicio de sus funciones, acceder a la información contenida en el sistema de información de datos personales a que se refiere», aseguró al mismo medio el jefe de la billetera fiscal.
«Entonces acá está la facultad legal», recalcó, enfatizando que «nosotros ocupamos esto con fines estadísticos, con estrictos protocolos de seguridad, la ley además establece sanciones draconianas si es uno hiciera mal uso de esta información». Asimismo, indicó que los servidores en los que se procesa la información «son seguros, no hay ninguna autoridad del Ministerio de Hacienda que tenga acceso, yo no tengo acceso, para que se entienda el nivel de seguridad. Es simplemente para fines estadísticos, para hacer cruces de bases de datos fundamentales para diseñar política pública y evaluar en lo que estamos».
«Esta información se trata con protocolos, con las mejores prácticas internacionales. No es que quede guardada para siempre en un servidor, después de 15 días se elimina», acotó.
El diputado de la DC, Gabriel Silber, ingresó ayer un escrito al CPLT para que «investigue, fiscalice y sancione» sobre lo que, a su juicio, es una «flagrante infracción a la ley de Protección de la Vida Privada».
Según el texto, «la petición del sr. ministro es inconstitucional e ilegal, toda vez que no se ampara en norma alguna que lo autorice a recabar la información de los millones de chilenos que optaron por retirar su 10% de las AFPs. Consecuente con ello, la Superintendencia de Pensiones, al amparo de las normas de derecho público que la regula, se encuentra impedida de entregar esa información, bajo riesgo de incurrir en grave infracción y responsabilidad legal».
«Lo único que podría entregar el requerido, es una estadística anónima de cifras y montos globales, con los grados de desagregación que se le requiera, pero sin nombre, monto y RUT de cada uno de los beneficiarios. La única excepción sería que cada beneficiario del retiro del 10%, y el nuevo probable usuario, autorice expresamente la entrega de la información», añadió.
Sumado a ello, el mismo diputado criticó hoy que la superintendencia haya entregado los datos requeridos a Hacienda, y manifestó que «aquí no cabe otra cosa que pedir la renuncia del superintendente, Osvaldo Macías, y esperar que prosperen las acciones que hemos iniciado en el Consejo para la Transparencia, entre otras medida».
Asimismo, el senador Francisco Huenchumilla (DC), dijo que «la explicación del ministro Briones no es para nada satisfactoria. Desde el punto de vista político, lo mínimo que podemos hacer es cuestionar el fin del requerimiento: si están pidiendo datos con fines estadísticos, como dicen, no existe necesidad de que estos datos se liguen a personas».
Además, por una cuestión legal, argumentó que «hace dos años fue modificado el Artículo 19 Nº4 de la Constitución, otorgando rango constitucional a la protección de datos personales”. Así, continuó, «se desprende que el oficio del Ministerio de Hacienda es inconstitucional. Aún cuando señalen en el oficio, que los datos se manejarán con carácter de reservado».
Tal ha sido la polémica que ha generado la petición de Hacienda, que un grupo de diputados de oposición aseguró que no descarta una acusación constitucional en contra de Briones. «El ministro configura una vulneración flagrante de la ley y la Constitución y que lo coloca en situación de ser acusado constitucionalmente por ello», apuntó el diputado Leonardo Soto (PS). Mientras que el diputado Marcos Ilabaca expuso que «no descarto ninguna» acción en contra del jefe de la billetera fiscal, aunque matizó con que «quiero ser más cauto» a la espera de las respuestas de los organismos que deberán pronunciarse.
Por su parte, Silber expresó que «el ministro de Hacienda arriesga AC», calificando de «increíble que el Gobierno de Chile persista en perseguir a chilenos que retiraron el 10%».
Ante esto, el senador Felipe Harboe (PPD), levantó la voz y sostuvo a CNN Chile que «de una vez por todas tienen que cortarla. No todas las diferencias que pueden existir en política tienen que terminar con acusaciones constitucionales».
Por su parte, el ex presidente del CPLT, Marcelo Drago, comentó ayer a Emol que «creo que el ministro si estuviera pidiendo información de carácter estadística, anónima, no habría ningún problema, sin embargo, la solicitud es bien expresa cuando pide información de las personas, incluyendo su número de cédula de identidad, que han solicitado el retiro (…).Está pidiendo expresamente datos personales, datos personales además de carácter sensible».
«Hace ya dos años el país reformó la Constitución estableciendo expresamente como derecho fundamental la protección de datos personales, y señala que solo la ley puede regular el tratamiento de estos datos», dijo, por lo que «a mí juicio, no le veo fundamento o respaldo legal a esta solicitud», sumado que la superintendencia de Pensiones «no estaría facultada a entregarle estos datos a alguien que no tenga una base legal, el respaldo de una ley para hacerse de estos datos».
De hecho, aseguró que con la entrega de esta información «se puede producir una infracción a la ley de Protección de Datos y puede haber una situación de responsabilidades administrativas al respecto», añadiendo que «si se piden datos estadísticos, la naturaleza del dato estadístico es anónima, sino son datos personales. Un dato anónimo no puede estar referido a ninguna persona específica, por lo tanto, no puede incluir el rut».
Mientras que Alejandro Ferreiro, también ex presidente del CPLT y ex superintendente de Pensiones, comentó a este mismo medio que «no estoy seguro (que la solicitud de Hacienda) esté dentro del marco legal, porque se trata de datos personales y los datos personales deben ser deben ser resguardados por el organismo público que los posee, en este caso la Superintendencia de Pensiones. Su tratamiento debe estar enmarcado en lo que la ley establece y solo se pueden transferir o utilizar los datos personales con consentimiento del titular, o para los fines previstos por la ley».
«Entonces la preocupación (de Hacienda) yo la comprendo, pero la manera de canalizar esa preocupación debe ajustarse al marco de la normativa, la normativa impone restricciones», agregó.
Por otro lado, el abogado y socio de Cariola Díez Pérez-Cotapos, Rodrigo Lavados, consultado por el Diario Financiero si es que el Ministerio de Hacienda tiene facultades para pedir esta información, comentó que «yo creo que sí, pensando en la ley actual. Me parece que es incómodo y probablemente es de aquellas cosas que, con un estándar normativo más alto, sería objeto de un escrutinio mayor. Pero al día de hoy, las facultades que tiene el Ministerio de Hacienda, tanto por sus leyes generales como especiales, le permiten efectivamente obtener esta información».
Por el contrario, Jessica Matus, directora del Área de Tecnología de FerradaNehme, dijo a ese mismo medio que con esto «se estaría vulnerando el derecho a la protección de datos personales», argumentando que la cartera debe «cumplir las reglas establecidas en la ley 19.628, como declarar la finalidad perseguida con dicho tratamiento. El organismo competente para tratar esta información es la Superintendencia de Pensiones, de acuerdo con la ley 21.248 que regula el retiro».
Fuente: Emol.com