La Presidencia de la República amplió hasta junio de 2023 la plena entrada en vigor del Registro Electrónico Laboral (REL) de la Dirección del Trabajo (DT).
El REL es un repositorio obligatorio de información laboral diversa, que deberán registrar los empleadores, creado por la Ley N° 21.327, de modernización de la DT.
En los últimos meses, las cargas masivas de información, especialmente de contratos de trabajo y también de remuneraciones y cotizaciones previsionales causaron intermitencias en el funcionamiento óptimo del registro.
Ante esta contingencia y la consecuente necesidad de contar con plazos apropiados para aumentar la capacidad de sus plataformas informáticas, la nueva dirección de la DT envió un informe diagnóstico a fines de abril último al Ministerio del Trabajo y Previsión Social solicitando diferir la plena vigencia del registro electrónico laboral.
De este modo, la información cuyo plazo de registro obligatorio quedó diferido para junio de 2023 es la siguiente:
- Modificaciones y Terminaciones del contrato de trabajo
- Libro de Remuneraciones Electrónico
- Comité Paritario de Higiene y Seguridad
- Comité Bipartito de Capacitación
- Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
- Pactos especiales de Condiciones de Trabajo
- Sanciones en contra de los Trabajadores
- Instrumentos Colectivos de Trabajo
- Registro de Asistencia, Feriados, Licencias y Permisos del Trabajador
- Finiquito Laboral
- Sentencia Judicial en que se declare la Existencia de Empleador Único.









