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Dirección del Trabajo sancionó a empresas de peaje donde trabajadora murió atropellada

Por Patricia Rodriguez
septiembre 7 de 2020
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Dirección del Trabajo sancionó a empresas de peaje donde trabajadora murió atropellada
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La Inspección Provincial del Trabajo (IPT) de Puerto Montt aplicó multas por poco más de $16 millones a las dos empresas del peaje Calbuco, ubicado en el kilómetro 1.054 de la Ruta 5 Sur, en la Región de Los Lagos, donde el pasado 7 de agosto murió una trabajadora, al ser atropellada por un camión.

Las empresas sancionadas son la contratista Eulen Chile S.A. y la principal Concesionaria Ruta del Canal S.A.

La primera fue multada con 240 Unidades Tributarias Mensuales UTM, unos $12 millones; y la segunda por 80 UTM, unos $4 millones. La víctima se desempeñaba como cajera part time de Eulen Chile S.A. Ambas empresas ya fueron notificadas de las sanciones y cuentan con 30 días para interponer reconsideraciones administrativas ante la IPT de Puerto Montt. También pueden recurrir a tribunales.

Tras el accidente, la IPT requirió toda la documentación laboral y previsional de la trabajadora y los documentos sobre instrumentos de prevención y seguridad implementados en el peaje. El director regional del Trabajo, Mauro González, junto a una inspectora entrevistó al personal administrativo de la Concesionaria Ruta del Canal S.A., requiriendo la documentación sobre el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo; y se entrevistó al encargado de Operaciones de Eulen Chile para comprobar si cumplía con informar a sus trabajadores sobre el riesgo de sus tareas.

Luego de las fiscalizaciones, se constató que Eulen Chile S.A. cometió una serie de infracciones, como no dar cumplimiento al contrato de trabajo de la trabajadora fallecida, al «alterar unilateral y discrecionalmente la distribución de la jornada de trabajo»; y no mantener las condiciones adecuadas de seguridad y salud laboral, al no vigilar que los trabajadores cumplan correctamente los procedimientos establecidos para el puesto de trabajo, entre otros incumplimientos. Esto último se observó ya que no mantenía el registro de capacitación de la trabajadora fallecida sobre el estándar de seguridad.

En el caso de la Sociedad Concesionaria Ruta del Canal S.A., se la sancionó por no constituir el comité paritario de higiene y seguridad para obra, faena o servicios propios de su giro incorporando a las empresas contratistas; y no mantener «las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores, al no contar con las medidas de seguridad necesarias en lo que respecta con la señalización que advierta el peligro, en un espacio abierto existente en la barrera de contención y que da directamente a la calzada».

El director regional del Trabajo comentó que «sabemos que ninguna sanción o multa compensará la pérdida de una vida, como lamentablemente ocurrió con el caso de esta joven trabajadora que falleció cumpliendo su deber dentro de su jornada laboral. Pero es obligación de la Dirección del Trabajo investigar si hubo responsabilidades de su empleador, sean de la gravedad que sean; o si el empleador no tuvo responsabilidad directa en el accidente, pero igual incumplió obligaciones de seguridad que con el tiempo propiciaron riesgos para las trabajadoras del peaje de Calbuco, donde ocurrió el accidente fatal».

Agregó que «en este caso detectamos que sí hubo incumplimientos en algunas medidas de seguridad por parte de la empresa contratista, para la cual prestaba servicios la trabajadora, y también de la empresa principal, por lo que les aplicamos las máximas multas que nos permite la legislación laboral».

La autoridad también llamó a «respetar en tiempo y forma todos los protocolos relacionados con las materias de higiene y seguridad y velar siempre, todos los días, por su aplicación para proteger la vida y salud de las trabajadoras y trabajadores».

Fuente: Emol.com –

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