La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un Recurso de Amparo interpuesto por la Defensoría Penal Pública de la región de Los Lagos, en favor de dos personas imputadas que concurrieron a una audiencia de procedimiento simplificado sin el permiso de Comisaría Virtual, correspondiente, el pasado 11 de febrero.
La situación fue advertida por un magistrado del Juzgado de Garantía de Osorno, quien comunicó la posible infracción al mismo fiscal presente en la audiencia, el que a su vez determinó llamar a Carabineros para que adoptara el procedimiento correspondiente, quedando ambas personas citadas a otra audiencia por infracción al art. 318, pese a que existe un instructivo del Poder Judicial que señala que la notificación que cita a una audiencia permite el desplazamiento de una persona al tribunal hasta que esta gestión finalice.
Ante este hecho, el defensor penal público Humberto Ramírez y el Jefe de Estudios, Boris Hrzic, determinaron presentar un recurso de amparo, puesto que, a su juicio, ambos imputados fueron interrogados en forma ilegal, sin ser advertidos de su derecho a guardar silencio y denunciados por un delito inexistente.
Según Ramírez, en la presente acción, solicitó que se declarara ilegal la actuación del juez, lo que fue acogido por el tribunal de alzada, el que estimó que el magistrado excedió sus facultades legales al instar al fiscal que iniciara una investigación por este supuesto delito, lo que implicó, a juicio de la Corte, una vulneración a sus derechos porque ambas personas debieron quedarse en el tribunal a la espera de que llegara Carabineros a adoptar el procedimiento por infracción sanitaria.