La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, que condenó a Nicolás Humberto Monsalves Schulz a la pena de diez años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio, hecho perpetrado en julio de 2017, en la ciudad de Osorno.
En fallo unánime (causa rol 642-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada desestimó los cuestionamientos de la defensa respecto de la valoración de la prueba por parte del tribunal.
De esta forma, dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que el 1 de julio de 2017, aproximadamente a las 4:30 horas de la madrugada, la víctima, Alejandro Javier Ruiz Vega, se encontraba en calle Blanco Encalada, frente al N° 471 de la ciudad de Osorno, lugar hasta donde llegó -junto a otros individuos- el condenado Nicolás Humberto Monsalves Schulz, quien utilizando un arma blanca agredió a la víctima, provocándole una herida en la zona torácica con lesión cardiaca, ocasionándole la muerte.
El fallo se encuentra debidamente justificado en la prueba aportada en la audiencia, tanto en los hechos que constituyen el delito como en la participación, así como en lo que atañe a las defensas y minorantes rechazadas, por lo que el recurso no podrá prosperar” añade la resolución.
Por tanto, se resuelve que “se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Alexis Marin Bastías, en representación del imputado Nicolás Humberto Monsalves Schulz, en contra de la sentencia de siete de septiembre pasado, emanada de una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, la cual no es nula, como no lo es el juicio del cual procede”.









